¿Qué puede incluir un acuerdo prenupcial?
Un acuerdo prenupcial es totalmente personalizable y puede adaptarse a las necesidades de cada pareja. Entre las cuestiones más habituales que se regulan se encuentran:
- Reparto de bienes y deudas: determina cómo se asignan los patrimonios comunes y personales.
- Administración de patrimonios: fija quién gestiona los bienes durante el matrimonio.
- Bienes privativos: qué aporta cada uno y cómo se reparte la vivienda si se compra con dinero de los dos.
- Pactos económicos para el caso de ruptura: por ejemplo, sobre la pensión compensatoria entre vosotros, siempre que sean equilibrados.
- Empresas, negocios o patrimonios especiales: protege sociedades, negocios familiares o activos de especial valor.
Lo que no se puede cerrar de antemano: todo lo que afecta a los hijos. La custodia y la pensión de alimentos las decide siempre el interés del menor, y el derecho a los alimentos no se puede renunciar (artículo 151 del Código Civil).