Herencias
Al realizar un contrato las partes deben cumplir con todas las obligaciones dispuestas en el acuerdo. Contamos con asesores jurídicos que te podrán ayudar en todo lo referente a contratos, así podrás evitar cualquier error durante el proceso.
Cómo se reparte una herencia
El artículo 808 del Código Civil establece que una herencia se debe repartir en tres partes, se realiza de manera equitativa entre los beneficiarios y de la siguiente manera:
La legítima
Este tercio de la herencia se reparte en tantas partes iguales como herederos haya, y le corresponde inicialmente a los descendientes directos y, en su defecto, a los ascendientes. Además, si uno de los hijos del testador ha fallecido, le corresponde a los descendientes de este tomar el lugar del heredero. También tendrá derecho a legítima el cónyuge supérstite, pero en concepto de usufructo vitalicio si concurre con otros herederos. Cuando existe un testamento de por medio, la repartición se hace más sencilla, porque allí estará reflejada la manera como se hará la repartición. Un testamento es lo más recomendable cuando existen bienes que posean diferentes valores y dinero metálico.
La mejora
En esta manera de repartición igualmente intervienen los descendientes y cónyuge, y se realiza para mejorar las condiciones de la herencia. Es un procedimiento totalmente legal, esta mejora puede beneficiar a unos herederos y al mismo tiempo perjudicar a otros. En lo que respecta al cónyuge supérstite, concurriendo con descendientes tendrá el usufructo de este tercio de mejora.
Libre disposición
En esta modalidad de repartición el fallecido ha dejado un tercio de la herencia a cualquier beneficiario y no necesariamente debe ser el cónyuge o un descendiente. Quien reciba una herencia por libre disposición debe pagar los impuestos correspondientes a la Agencia tributaria y muchas veces es superior a la que pagan los familiares directos del fallecido.
Quiénes son los herederos forzosos
Son aquellas personas que tienen derecho a una herencia de manera legítima, no pueden ser excluidos y les corresponde una parte de la misma. Si un testador en su testamento excluye a un heredero legítimo, esta persona está en todo su derecho de iniciar una reclamación con un abogado herencias ante un Juez.
El artículo 807 del Código Civil establece que los herederos forzosos o legítimos son las siguientes personas: padres o ascendientes, descendientes y si algún hijo ha fallecido les corresponde el lugar a sus descendientes.
Cómo se divide la herencia entre hijos y cónyuge
La repartición de la herencia entre hijos y cónyuge se realiza de dos maneras:
Reparto de herencia con testamento
El testador debe dejar por ley una tercera parte de sus bienes a sus hijos y con el tercio de mejora asignar esa parte a los herederos que haya decidido (y siempre en usufructo a su cónyuge). Además, el testador por libre disposición puede dejar una tercera parte de la herencia a quien libremente estime.
Reparto de herencia sin testamento
Cuando no existe testamento, la herencia se distribuye primero a los hijos y esto se hace en partes iguales. En segundo lugar, en ausencia de descendientes, a los padres y demás ascendientes, el cónyuge en tercer lugar. Existe un cuarto grupo que integra a los familiares colaterales hasta el cuarto grado, que incluye a los hermanos, sobrinos y tíos del fallecido. En caso de no encontrar ningún heredero de todos los anteriores, el Estado heredaría.
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Herederos
Quién hereda en caso de renuncia a la herencia
Si renuncias a una herencia, los herederos que posean el mismo vínculo con el testador serán quienes reciban tu parte de la herencia. En caso, de que los herederos directos decidan renunciar, le corresponde a los descendientes y así se seguirá el orden en caso de presentarse otra renuncia.
Herencia sin hijos
A quién puedo dejar mi herencia si no tengo hijos
En caso de que no tengas hijos, la herencia la pueden recibir los familiares ascendientes, en este caso tus padres. También, existe la opción de realizar un testamento, de esa manera podrás decidir a quién le dejarás tu herencia en caso de muerte, por lo que un abogado herencias y testamento podrá ayudarte, porque así se evitará que ocurra una sucesión intestada.
Testamento
Cómo hacer un testamento
El único requisito es estar en sano juicio y contar con más de 14 años, tener el DNI o pasaporte actualizados y acudir a la notaria más cercana a tu localidad. Si necesitas asesoramiento para redactar un testamento en Abogaliance encontrarás el mejor abogado herencia Madrid que existe en la ciudad.
Tipos de testamentos
Testamento ológrafo
Lo realiza el propio testador con su puño y letra. Además, cuando fallece el testador, el beneficiario cuenta con un plazo de 5 años para presentarlo ante un Juez de Primera Instancia.
Testamento abierto
Se presenta formalmente ante un notario y este organismo se queda con el original para presentarlo al interesado cuando fallezca el testador
Testamento cerrado
Se realiza frente a un notario, pero de manera secreta, puede estar en puño y letra o mecanografiado, a su vez todas las hojas están firmadas por el testador.
Testamento militar
Se realiza cuando la persona se encuentre en situación de guerra y se lo entrega a su superior. Este testamento es enviado al Ministerio de Defensa, quien se encargará de presentarlo ante el Juez de Primera Instancia.
Testamento marítimo
Puede ser abierto o cerrado y se realiza cuando la persona se encuentre de viaje por mar. El testador lo entrega al comandante si es un buque de guerra o al capitán, si es un buque mercante.
Testamento en el extranjero
Puede ser de puño y letra, abierto o cerrado.
Datos a tener en cuenta en una herencia
- Renunciar a una herencia tiene un coste de 50 a 60 euros y existe un plazo de 6 meses después del fallecimiento del testador, de lo contrario se tendrá que asumir ciertos impuestos.
- La plusvalía de una herencia prescribe después de 4 años y 6 meses de la muerte del testador
- una herencia prescribe a los 30 años y esta prescripción abarca a las acciones reales
- Debes asumir el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Este impuesto se debe presentar dentro de un plazo de 6 meses, contados al momento de fallecer el testador
- La legítima equivale a una fracción de la herencia que varía en función del tipo de heredero y esa fracción se reparte en partes iguales entre los herederos presentes.
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