Saltar al contenido

Cómo modificar el uso de la vivienda familiar tras el divorcio

Tras un divorcio, uno de los aspectos más delicados es la atribución del uso de la vivienda familiar. Lo que en su momento fue la residencia compartida, pasa a estar regulado por el convenio o la sentencia, que establece quién puede utilizarla y bajo qué condiciones.

Sin embargo, la vida cambia, y no siempre lo que se acordó entonces se ajusta a las nuevas circunstancias. ¿Se puede modificar esa atribución? ¿Qué pasa si quien vive en la vivienda ya no convive con los hijos? ¿O si el propietario necesita venderla?

En este artículo te explicamos cuándo y cómo puedes solicitar la modificación del uso de la vivienda familiar tras el divorcio, qué requisitos debes cumplir y qué dice la jurisprudencia al respecto.

¿Quién puede quedarse con el uso de la vivienda tras el divorcio?

Uno de los aspectos más relevantes y conflictivos en muchos divorcios es la atribución del uso de la vivienda familiar. Aunque pueda parecer que el propietario tiene prioridad, la ley no siempre vincula el uso con la titularidad, especialmente cuando hay hijos menores implicados. Veamos cómo se decide este punto según el caso.

En casos con hijos menores

Cuando existen hijos menores, el criterio principal es el interés superior del menor. Por ello, el uso de la vivienda familiar suele atribuirse al progenitor custodio, aunque este no sea el propietario. El objetivo es mantener cierta estabilidad en la vida del menor, permitiéndole seguir residiendo en su entorno habitual.

En casos de custodia compartida, los jueces valoran diferentes opciones:

  • Que ambos progenitores conserven el uso alterno durante los períodos que les corresponde la custodia.
  • Que uno de ellos mantenga el uso completo si existen razones de peso (por ejemplo, falta de otra vivienda disponible).

En divorcios sin hijos o con hijos mayores

Cuando no hay hijos menores o cuando estos ya son mayores de edad e independientes, la atribución del uso de la vivienda puede regirse por la propiedad o la necesidad económica. En estos casos, si uno de los cónyuges no tiene medios para vivir por su cuenta, el juez puede concederle el uso de la vivienda por un tiempo determinado, pero no de forma indefinida.

En general:

  • Si ambos son propietarios, se puede establecer el uso conjunto o su venta.
  • Si solo uno es propietario, el otro puede conservar el uso si demuestra especial necesidad (pero no será permanente).
  • Si hay pensión compensatoria, también puede influir en esta decisión.

¿Se puede modificar la atribución del uso de la vivienda familiar?

Sí. Aunque la atribución de la vivienda familiar se recoge en el convenio regulador o en la sentencia de divorcio, puede ser modificada judicialmente si han cambiado sustancialmente las circunstancias que motivaron su asignación.

Esta modificación debe solicitarse a través de un procedimiento de modificación de medidas, y debe acreditarse que el cambio es necesario y justificado.

Algunos ejemplos habituales:

  • Los hijos ya no residen en la vivienda o han alcanzado la mayoría de edad.
  • El progenitor que tenía el uso ha rehecho su vida con otra persona y ya no necesita el inmueble.
  • Se ha producido un cambio de custodia.
  • El propietario necesita vender el inmueble o lo requiere para sí.

Motivos para solicitar una modificación del uso de la vivienda

La ley permite modificar la atribución del uso de la vivienda cuando existen cambios sustanciales y duraderos. A continuación, te mostramos los supuestos más habituales:

  • Fin de la convivencia con los hijos: Si el uso de la vivienda se asignó a un progenitor por tener la custodia de los hijos, y estos ya no viven en el domicilio (porque han alcanzado la mayoría de edad, se han independizado o han cambiado de domicilio), puede solicitarse la extinción del derecho de uso.
  • Nueva convivencia o matrimonio del beneficiario: Cuando el cónyuge que tenía atribuido el uso convive con una nueva pareja o se casa, el uso de la vivienda ya no responde al mismo propósito, y el juez puede considerar que ha perdido su carácter de “vivienda familiar”.
  • Necesidad de vender la vivienda: En ocasiones, mantener la vivienda es inviable económicamente para uno o ambos cónyuges. Si no hay hijos menores y no existe una situación de necesidad del otro cónyuge, puede pedirse la extinción del uso y la venta del inmueble, especialmente si es proindiviso.
  • Cambio en la custodia de los hijos: Si cambia la titularidad de la custodia (por ejemplo, de custodia materna a compartida o exclusiva del padre), también puede solicitarse una modificación del uso, ya que ha desaparecido el motivo original que justificaba la atribución inicial.

¿Qué pasa si la vivienda es propiedad de uno solo de los cónyuges?

Una duda frecuente es si el cónyuge propietario puede recuperar el uso de la vivienda en cualquier momento. La respuesta es no, mientras exista una sentencia que atribuye el uso al otro progenitor por razones familiares (normalmente, por tener la custodia de los hijos menores).

Sin embargo, una vez desaparezca la causa que motivó esa atribución —por ejemplo, los hijos se independizan o la custodia cambia—, el propietario podrá solicitar judicialmente la modificación de medidas para recuperar el uso o promover la venta.

También es posible que el uso se haya asignado temporalmente por razón de necesidad del cónyuge no titular. En este caso, si la situación económica mejora o han pasado los años establecidos en la sentencia, el titular podrá reclamar la vivienda.

Consejos legales antes de iniciar el procedimiento

Antes de presentar una demanda de modificación del uso de la vivienda, es recomendable seguir estos pasos:

  • Revisa la sentencia de divorcio o convenio regulador: identifica qué se acordó exactamente sobre la vivienda.
  • Acredita los cambios: reúne pruebas (documentación, testimonios, contratos, empadronamientos) que justifiquen la modificación.
  • Valora si hay posibilidad de acuerdo: un proceso amistoso es más rápido, económico y menos traumático.
  • Analiza la titularidad del inmueble: si eres el único propietario, tu posición puede ser más sólida.
  • Consulta con un abogado especializado: cada caso tiene particularidades que deben valorarse con rigor jurídico.

¿Cómo puede ayudarte Abogaliance?

En Abogaliance, somos expertos en derecho de familia y contamos con una amplia trayectoria en modificaciones de medidas tras el divorcio.

Te ayudamos a:

  • Evaluar si puedes solicitar la modificación del uso de la vivienda.
  • Redactar la demanda y reunir la documentación necesaria.
  • Negociar con la otra parte para intentar un acuerdo.
  • Defender tu caso en los tribunales si es necesario.
  • Velar por tus intereses y los de tus hijos en cada fase del procedimiento.

Además, te ofrecemos un trato cercano y personalizado, porque sabemos que detrás de cada divorcio hay una historia única. Contáctanos y cuéntanos tu caso sin compromiso.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *