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¿Cómo Funciona la Eutanasia en España?

Requisitos de la eutanasia

La eutanasia es un derecho que posee cualquier persona, siempre que cumpla una serie de requisitos:

1) Mayoría de edad y capacidad y consciencia suficiente.

2) Nacionalidad española o residencia legal en España de, al menos, 12 meses.

3) Disponer por escrito de toda la información sobre su proceso médico, las alternativas que tiene y otras posibilidades de actuación.

4) Haber formulado dos solicitudes por escrito y voluntariamente, con una separación de, al menos, 15 días entre cada uno.

5) Sufrir una enfermedad grave e incurable o padecimiento grave, crónico e imposibilitante; certificado por el médico responsable.

Cómo funciona la eutanasia

Antes de explicar el procedimiento a seguir, es importante saber:

1) El solicitante podrá revocar en cualquier momento su solicitud o, incluso, pedir un aplazamiento de la administración de la ayuda para morir.

2) Tiene que ser un servicio prestado gratuitamente al solicitante/paciente, que está incluido en el catálogo de servicios del Sistema Nacional de Salud.

3) La eutanasia, a todos los efectos, será considerada muerte natural.

4) OJO: en el código penal sigue siendo constitutivo de delito el suicidio y la ayuda al mismo; salvo que se haga de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia

Procedimiento de la eutanasia

El procedimiento se inicia con la solicitud por escrito del paciente, en documento fechado y firmado. Si por su situación personal o de salud no pudiere firmar y fechar el documento, se atenderá a otros medios que permitan corroborar esta voluntad y el momento de la solicitud.

El documento deberá firmarse en presencia de un profesional sanitario que lo rubricará. En un máximo de 2 días, el médico deberá reunirse con el paciente para explicarle el proceso y ofrecerle otras alternativas o tratamientos paliativos, asegurándose de que el paciente comprende todo. Igualmente, en no más de 5 días, deberá entregarle toda esta información por escrito.

Una vez transcurran 15 días desde la primera solicitud, si el paciente realiza la segunda petición, el médico se reunirá en un máximo de 5 días con él de nuevo para atender cualquier duda o necesidad de ampliación de información que se le haya planteado al paciente

Transcurridas 24 horas desde esta última reunión, el médico recabará del paciente solicitante su decisión de continuar o desistir.

El médico responsable deberá remitir toda la documentación al médico consultor, que revisará que se cumplan todos los requisitos establecidos en la ley. Tendrá 10 días para emitir su informe y 24 horas para comunicárselo al paciente.

Aun así, tras este primer control, si se emite un informe favorable por el médico consultor, se elevará el expediente en un plazo de 3 días para que el presidente de la Comisión de Garantía y Evaluación realice un tercer control. Éste deberá proponer a un profesional médico y un jurista, para que verifiquen si, a su juicio, concurren los requisitos y condiciones establecidos legalmente. Deberán emitir un informe en un plazo máximo de 7 días. un abogado civil puede ayudarte en estos casos.

Una vez recibida la resolución positiva, la realización de la prestación de ayuda para morir debe hacerse con el máximo cuidado y profesionalidad por parte de los profesionales sanitarios.

Además, de estar consciente, el paciente tendrá derecho a elegir la modalidad en la que quiere recibir la prestación de ayuda para morir.

En definitiva, el proceso, de ser favorables todos los informes exigidos por la ley, durará en total entre 39 y 43 días. Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con nosotros. Te ayudaremos en todo el proceso.

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