Lo primero que debemos saber es que entrará en vigor el 1 de enero de 2023
La principal novedad es que los trabajadores autónomos cotizarán en la Seguridad Social en función de sus ingresos reales, es decir, que la «cuota» de autónomos se ajustará a dichos ingresos. Hasta ahora, cada autónomo podía elegir sobre qué base cotizar, independientemente de sus ingresos.
¿Cómo se calculan los ingresos a efectos de la cotización?
Dependerá del tipo de autónomo:
1) Autónomo persona física: se tendrán en cuenta los rendimientos netos de tu actividad como autónomo (ingresos – gastos deducibles), más tu cuota de autónomos y a esta cantidad le restaremos un 7% en concepto de gastos de difícil justificación.
2) Autónomos societarios: sumaremos todos los rendimientos dinerarios o en especie que deriven de tu sociedad, le sumaremos la cuota de autónomos y, en concepto de gastos de difícil justificación, le restaremos un 3%
¿Cómo sé qué cuota tengo que pagar?
Deberemos realizar una estimación de lo que resultará nuestra facturación anual, informando de dicha estimación a la Seguridad Social para que establezcan en qué tramo de cotización encajamos.
Pero… ¿qué ocurre si mi estimación resulta errónea?
No pasa nada, hay distintos períodos temporales a lo largo del año en que podremos comunicar cualquier variación para que se modifique dicha previsión.
¿Y si he pagado más de lo que debía?
En este caso te serán devueltos los importes de más que hayas cotizado, antes del 30 de abril del ejercicio siguiente en el que te hayan notificado el exceso de cotización.
¿Y si he pagado menos de lo que me corresponde?
La Administración te comunicará el importe que deberás abonar por haber cotizado por debajo de lo que te correspondía. El pago tendrás que hacerlo hasta el último día del mes siguiente aquel en el que se te notifique.
¿Qué ocurre con la tarifa plana para autónomos?
Con esta reforma legal, la cuota que se pagará al iniciar la actividad será de 80€ mensuales y durará 12 meses. Transcurrido este período, se mantendrá la cuota si no se ha superado el SMI; pero de superarlo, se aplicará la cuota que corresponda.
¿Cuál será mi nueva cuota?
A continuación, os mostramos una tabla en la que se indica la evolución de las cuotas de autónomos que serán de aplicación para los próximos años.
Como se observa, aquellos que ganen menos que el SMI pagarán menos que actualmente; seguirán pagando prácticamente lo mismo aquellos que ganen hasta 1.700€ mensuales de media; y pagarán más aquellos que superen esta cantidad.
Si tienes alguna duda o problema con la nueva cuota de autónomos ponte en contacto con nuestro despacho y uno de nuestros abogados mercantiles expertos estará encantado de ayudarte.